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miércoles, 6 de marzo de 2013

EUTANASIA

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El término eutanasia proviene del griego ευ (eu - buena) y θανατ (thanatos - muerte) y se refería originalmente al acto de poner fin a la vida de otra persona para evitarle la agonía. Su uso ha evolucionado y puede definirse actualmente como el acto, practicado por acción u omisión, que tiene como fin provocar la muerte de un individuo que sufre de una enfermedad incurable que le causa un sufrimiento físico y/o mental intolerable.

Hoy día, el aumento de la esperanza de vida y los avances de la medicina conllevan igualmente un incremento de la importancia de la decisión médica dentro del fallecimiento de una persona. En efecto, la muerte de una persona puede deberse a decisiones médicas que van desde la interrupción del tratamiento médico hasta la inyección de sustancias letales, pasando por la suspensión de la nutrición y la hidratación o la administración de dosis importantes de sedativos que además de aliviar al enfermo aceleran su muerte. Estos distintos escenarios dan lugar a diversas

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SALUD. La Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial del DF en enero de 2008, fue el primer ordenamiento en nuestro país en establecer la posibilidad de suscribirlo ante notario para darle la validez correspondiente, en la que se estipula que cualquier persona en capacidad de ejercicio, en pleno uso de sus facultades mentales, manifiesta la petición libre, consciente, seria, inequívoca y reiterada de no someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos que propicien el encarnizamiento, la obstinación médica o terapéutica, entendida como la utilización innecesaria de los medios, instrumentos y métodos para mantener vivo a un enfermo en etapa terminal. El tema de voluntades anticipadas es de suma importancia para la bioética, puesto que plantea la pregunta fundamental de vulnerabilidad, los dilemas, las relaciones humanas en el ámbito clínico, que se ha visto impactado desde un punto de vista técnico y humanístico por el desarrollo tecnológico y el cambio de paradigma en el cuidado de la salud.

Os comento que en este cambio están presentes tres acciones: la eutanasia, que es la acción u omisión que para evitar sufrimientos a los pacientes enfermos o terminales, acelera su muerte con su consentimiento o sin él. Eutanasia es la muerte sin sufrimiento físico. Consiste en provocar la muerte de otro por su bien. Tiene por finalidad evitar sufrimientos insoportables por la prolongación artificial de la vida de un enfermo. Para que la eutanasia sea considerada como tal, el enfermo ha de padecer necesariamente una enfermedad terminal o incurable, y en segundo lugar, el médico y el personal sanitario ha de contar expresamente con el consentimiento del enfermo. La distanasia (encarnizamiento o ensañamiento terapéutico, pues no tiene en cuenta los sufrimientos de moribundos) es el empleo de todos los medios posibles, sean proporcionados o no, para retrasar el advenimiento de la muerte, a pesar de que no hay esperanza alguna de curación. Es lo contrario a la eutanasia. La antidistanasia es la actitud de rechazo a la distanasia compartida por la mayoría de la sociedad y que en unos casos se convierte en un apoyo a la eutanasia y en otros en defensa de la ortotanasia. La ortotanasia (o muerte digna) designa la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o una fase terminal. Viene siendo el derecho del paciente a morir dignamente sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida. De hecho la ortotanasia es la piedra angular de la Ley de Voluntad Anticipada, en la que la persona ha expresado desde antes de enfermar, que llegado el caso no sea sometido a obstinación terapéutica.

 

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