La educación especial o educación diferencial es aquella
destinada a alumnos con necesidades educativas
especiales debidas a superdotación intelectual o bien
a discapacidades psíquicas,
físicas o sensoriales. La educación especial en sentido amplio comprende todas
aquellas actuaciones encaminadas a compensar dichas necesidades, ya sea en
centros ordinarios o específicos.
Aunque la atención educativa a personas con deficiencias sensoriales
(generalmente auditivos y visuales) se viene prestando en España desde el siglo XVI, la adopción legal del término educación
especial es reciente y ha venido a sustituir a otros aún vigentes en ciertos
países de Hispanoamérica, como defectología, que tiene evidentes
connotaciones negativas.
En los últimos años del siglo
XX se ha propuesto en España y
en otros países la sustitución del término educación especial por el de
necesidades educativas
especiales, siguiendo las recomendaciones del informe
Warnock, publicado en 1978 y difundido a
lo largo de la década siguiente.
Esta nueva definición supone hacer énfasis en
la concepción de la educación básica como un servicio que se presta a la
ciudadanía para que alcance sus máximas potencialidades y por tanto en la
obligación del sistema de proporcionar apoyos y medios técnicos y humanos para
compensar los déficits del alumnado en el acceso a los aprendizajes básicos
imprescindibles para afrontar la vida adulta.
Aunque la atención educativa a personas con deficiencias sensoriales
(generalmente auditivos y visuales) se viene prestando en España desde el siglo XVI, la adopción legal del término educación
especial es reciente y ha venido a sustituir a otros aún vigentes en ciertos
países de Hispanoamérica, como defectología, que tiene evidentes
connotaciones negativas.
En los últimos años del siglo
XX se ha propuesto en España y
en otros países la sustitución del término educación especial por el de
necesidades educativas
especiales, siguiendo las recomendaciones del informe
Warnock, publicado en 1978 y difundido a
lo largo de la década siguiente. Esta nueva definición supone hacer énfasis en
la concepción de la educación básica como un servicio que se presta a la
ciudadanía para que alcance sus máximas potencialidades y por tanto en la
obligación del sistema de proporcionar apoyos y medios técnicos y humanos para
compensar los déficits del alumnado en el acceso a los aprendizajes básicos
imprescindibles para afrontar la vida adulta.
buena información Blanquita...
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