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viernes, 19 de octubre de 2012

Qué opinan de la nueva Ley Federal de Trabajo?

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CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

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Última Reforma DOF 09-04-2012

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LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de 1970

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 09-04-2012
La reforma laboral aprobada en la Cámara de Diputados preocupa a muchos mexicanos. Hay dudas, confusión, miedo. Pero, ¿qué se aprobó y qué quedó fuera? ¿Habrá más empleo? ¿Habrá mejores condiciones laborales? Los expertos despejan algunas de estas dudas.

++ABC de la Reforma Laboral: ¿Qué pidió Calderón y qué cambiaron los diputados?

++Conoce lo bueno, lo malo y lo feo de la reforma laboral

Con motivo de la Reforma Laboral llevada al cabo por los Diputados de la LXII Legislatura y que sin duda alguna habrá de ser refrendada por la Cámara de Senadores. Cabe recordar que desde 1970 no se había modificado esta Ley Federal del Trabajo, se presenta un resumen de los principales artículos analizados.

Muchos están de acuerdo con las reformas y otros tantos no; lo que llama la atención es que muchos de aquellos que dicen no estar de acuerdo con las modificaciones, su voto no esta registrado por la pantalla electrónica que se encuentra en el recinto oficial del Congreso de la Unión.O sea, discutieron pero se salieron del salón a la hora de votar

A continuación se presentan aquí dos interesantes trabajos periodísticos llevado al cabo por el periódico El Financiero y el portal de internet Animal político.

 

¿Habrá más empleo? Sí. ¿Habrá mejores salarios y mejores condiciones laborales? No. Ésta podría ser la conclusión básica de la reforma laboral aprobada en la Cámara de Diputados, que deberá ser ratificada por el Senado en los próximos 30 días.

Pasaron 10 días de intensos debates, de dimes y diretes. Pasaron 40 años sin que nadie tocara la Ley Federal del Trabajo. Lo que hoy queda para los 50 millones de personas económicamente activas son muchas dudas y confusión. Y temor. ¿Será más fácil encontrar trabajo? ¿El trabajador podrá aspirar a mejores salarios y mejores prestaciones?

Como siempre, las respuestas no son fáciles. No todo es negro ni blanco. Pero sí se puede identificar lo bueno, lo malo y lo feo de esta reforma.

 

Lo bueno. El beneficio potencial para la población sería una mayor oferta laboral formal, pues la reforma contempla los esquemas de contratación por temporadas, por hora y a prueba. Además, se estipula la regulación del outsourcing, por lo que las empresas que den trabajo bajo esta modalidad deberán cumplir con las obligaciones de seguridad social.

Lo malo. Del otro lado de la moneda, están los puntos negativos, como las adecuaciones numerosas o poco claras que hicieron los diputados en el tema del outsourcing, que pueden desincentivar la contratación por este esquema, los ingresos menores que se percibirían en caso de ser contratado por horas y el pago de sólo 12 meses de salarios caídos, en caso de que un juicio por despido injustificado se prolongue.

Lo feo. Hay otro tema que destaca en el proyecto de reforma por su ausencia. En el documento de 115 páginas se mencionan 40 veces los salarios mínimos, pero sólo para fijar multas, pero nunca se discute si pueden aumentar los sueldos.

A continuación de desglosan los cambios básicos de la reforma laboral y su repercusión en el mercado laboral mexicano real

1. Trabajo por temporada, a prueba y por horas

Lo bueno: más trabajo con prestaciones. Las posibilidades que dan los contratos por temporada, a prueba y por horas impulsarían una mayor oferta de trabajo y darían acceso a más personas, sobre todo jóvenes y mujeres sin experiencia laboral, a trabajo con prestaciones sociales incluidas.

“La reforma dará al país la oportunidad de generar nuevas fuentes de empleo y propiciará la competitividad al tener un mayor flexibilidad laboral, creando un nuevo modelo de mercado de trabajo para ampliar la protección y dar prestaciones a un mayor número de trabajadores”, asegura Carlos Gallegos, director jurídico laboral de Adecco México.

Estas propuestas en su conjunto abrirían más oportunidades de trabajo que hoy tenemos entre la población económicamente activa, pues existe una tasa de desempleo de 9% en jóvenes que están en capacidad de trabajar, indica el director del comité jurídico de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), Jaime Bustamante.

 

Lo malo: menos ingresos y dificultades para contratación. Al ser contratados por hora, algunas personas bajo este esquema podrían tener un salario que no satisfaga sus necesidades y tendrían que buscar otra fuente de ingresos, considera Arturo Argente, director del Departamento de Derecho del Instituto Tecnológico de Monterrey, Campus Toluca.

“Va a haber empleo, pero ¿qué tamaño de salarios van a ser? Realmente no va a resolver la situación del trabajador. Una cosa es llegar, pagar impuestos, tener acceso al seguro social, pero otra es que con un salario que no les va a dar para sobrevivir”, argumenta.

También algunas modificaciones hechas por los diputados respecto a la contratación temporal con el propósito de regular más este apartado podrían desincentivar la contratación de gente por esta vía, expresa Jaime Bustamante, de la AMECH.

“Esto puede ser muy peligroso, se están generando algunas condiciones que no favorecen precisamente la creación de nuevas ofertas de trabajo”, indica.

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) expresó en un comunicado su preocupación porque “no se establezcan excesivos requisitos que limiten el empleo en la subcontratación legal, el periodo de prueba y la capacitación inicial, ya que se afectaría la creación de empleos formales que tanto requiere México”.

2. Limitación al pago de sólo 12 meses de salarios caídos

Lo bueno: más certeza para empresas. En caso de un juicio entre trabajador y empresa por un despido injustificado, la reforma laboral limita el número de meses de salarios caídos (el sueldo que pagaría la empresa mientras dura el litigio, en caso de que se falle en su contra) se limitaría a sólo 12 meses. Esto daría certeza a las empresas y a los trabajadores, afirman.

“Con esto se eliminan los abusos que existen en el litigio, que han convertido el tema laboral en un negocio de abogados, más que en una justicia. No es posible que en un juicio laboral tarde de 35 a 50 meses con el afán de generar más salarios caídos”, opina Carlos Gallegos, de Adecco México.

 

Lo malo: justicia lenta e ineficiente para trabajadores. Por el contrario, si el juicio laboral se prolonga más de un año sin resolución y sólo se pagan 12 meses de salarios caídos, el trabajador puede volverse víctima de una justicia lenta e ineficiente.

“Dice la reforma que aun cuando el juicio dure años, sólo se pagará un año de salarios caídos. Entonces, el trabajador es culpable o víctima de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Si los salarios van aumentando, no es culpa de él, sino de la misma ineficiencia”, dice Argente, del Tec de Monterrey.

Además, el académico indica que si un trabajador es despedido, el patrón puede notificárselo vía correo electrónico certificado. “Es una falta de formalidad legal que se necesita cuando se enfrenta un despido injustificado.”

Si la justicia laboral en México fuera rápida y expedita, no hubiera sido necesario hablar de limitar los salarios caídos en la reforma laboral, dice, por su parte, Jaime Bustamante, de la AMECH.

3. Regulación al outsourcing

 

Lo bueno: combate a simulación. La reforma laboral contempla la regulación del esquema de subcontratación, mejor conocida como outsourcing. Se obligaría a que los patrones que empleen este esquema den también seguro y prestaciones a los trabajadores, combatiendo la simulación que hacen algunas empresas bajo esta figura.

“Se busca dar cumplimiento a todas las disposiciones legales y generar mejores condiciones de trabajo. Es importante que las empresas que están bajo este esquema se encuentren debidamente reguladas”, señala Jaime Bustamante.

 

Lo malo: reglas poco claras. Por otra parte, no queda claro cómo se obligará a las empresas a que den seguro y prestaciones a la gente que emplee bajo el outsourcing, afirma Arturo Argente, del Tec.

“A esta reforma no le encuentro pies ni cabeza, sobre todo en el tema del outsourcing. No cambia en nada la forma en la que se afectan los derechos de los trabajadores, ya que una forma podría ser que esta reforma le exija al outsourcing que por escrito se formalicen los derechos laborales de los trabajadores y, por consecuencia, de su seguridad social, y eso no viene en la reforma”, asegura.

4. Lo feo: salarios, grandes ausentes

El proyecto de reforma,tal y como lo envió el Poder Ejecutivo, menciona 40 veces el salario mínimo en sus 115 páginas, pero sólo como referencia para imponer multas. La reforma a la Ley Federal del Trabajo, que no ha tenido cambios desde hace más de 40 años, no trata el tema de los salarios.

“El salario mínimo de 62 pesos que tenemos hoy los trabajadores no se puede comparar con el poder adquisitivo que tiene el salario mínimo que se tenía en el sexenio de Díaz Ordaz o Luis Echeverría. Ha perdido peso la figura de salario mínimo y aquí no se toca”, asevera Argente, del Tec de Monterrey.

Es cierto que a nivel internacional los costos laborales bajos se consideran una ventaja competitiva. China, principal productor de manufacturas en el mundo, intenta impulsar su crecimiento económico mediante el consumo interno, pero pierde atractivo en los costos laborales frente a otros países, como México, de acuerdo a un artículo del semanario británico ‘The Economist’ de marzo de este año.

Pero no siempre lo que nos hace competitivos en el mundo es lo mejor para los trabajadores.

Durante el sexenio actual, el salario real de los trabajadores tuvo una pérdida del poder adquisitivo de 42%. Del 1 de diciembre de 2006 a mediados de febrero de este año, el salario mínimo pasó de 48.5 pesos a 62.3 pesos, mientras el costo de la Canasta
Alimentaria recomendada (CAR) en ese mismo periodo pasó de 80.8 pesos a 197.9 pesos, según un estudio del Centro de Análisis Multidisciplinario de la UNAM. Y el riesgo es que con los cambios a la Ley Federal del Trabajo los salarios se deprecien aún más.

La reforma laboral del presidente Felipe Calderón se hizo ‘light’ con los cambios que le hicieron en el Congreso, sobre todo porque se dejó fuera un asunto fundamental para impulsar la productividad y eficiencia: la transparencia sindical. Aunque la reforma laboral aprobada no es la idónea para el país, dice Jaime Bustamante, de la AMECH, sí incluye cambios en el camino correcto, que han sido apoyados por el gobierno y las empresas. “Ojalá estas coincidencias generen los cambios que México necesita.”

 

ABC de la Reforma Laboral: ¿Qué pidió Calderón y qué cambiaron los diputados?

Relación laboral y remuneración ABC de la Reforma Laboral: ¿Qué pidió Calderón y qué cambiaron los diputados?

Art 39-A: Propone los contratos de prueba hasta por 6 meses. Se modificó la propuesta de FC. La CTPS estableció que los periodos de prueban alcanzarán una máximo de 180 días (3 meses) para cargos directivos y 30 días (1 mes) para trabajadores. Se establece que de no acreditar la competencia del trabajador, se dará por terminada la relación de trabajo, sin ningún tipo de responsabilidad social o laboral del patrón, sólo se le pagara las prestaciones devengadas por el periodo de prueba. Se generara antigüedad en caso de crearse una relación de trabajo

Art 39-B: Contratos de capacitación por 3 meses. Predominó la propuesta de FC, que fija una cuota de 3 meses para que el trabajador, de reciente ingreso, adquiera los conocimientos o habilidades para desempeñar su actividad. De no ser contratado, no hay responsabilidad legal del patrón para indemnizarlo con 3 meses de sueldo (como actualmente ocurre).

Artículo 83: Pago por hora, sin excederse de la jornada máxima legal (8 horas) y donde patrón y empleado negocian el monto. Se matizó propuesta de FC y se le hizo anexo. Se establece que ningún trabajador podrá recibir un pago menor “al que corresponda a una jornada”. Es decir que si tomamos como ejemplo el salario mínimo del centro del país que es de 62.33 pesos, el monto por hora tendrá que ser mayor a dicha cantidad.

Art 47, Fracción XV: Despido exprés y por correo electrónico. Se aprobó la propuesta de FC, en la que propone notificar el despido del empleado de manera personal, en la Junta Local o por correo certificado, dentro de los primeros 5 días de ocurrido.

y se ponen límites para la responsabilidad solidaria. Se modificó la propuesta de FC, pero se respetó el sentido de la iniciativa. Los cambios fueron en la redacción y no en el fondo. Se establecen límites a la responsabilidad solidaria que tienen los contratantes de las outsourcings.

Prestaciones y entorno laboral.
Pide reconocimiento de licencia por paternidad de 10 días con goce de sueldo.

Art 48: Limitar la generación de salarios vencidos por despido injustificado de un año. Se queda en los términos de la propuesta de FC. Se establece además que se pagará 2% de interés mensual, capitalizable al momento del pago

Organización sindical. (Nuevo artículo) Hacer obligatorio el voto libre, directo y secreto al interior de los sindicatos, este artículo se deshecho y se continuara votando igual a mano alzada y de viva voz, sin voto secreto.

 

2 comentarios:

  1. todo esta bien, pero sera aplicable para todos los trabajadores, o solo para los de nuevo ingreso, pues hay quienes ya tienen mas de 5 años trabajando para la federación.
    LORENA O. C.

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  2. a tu comentario lore creo que sera aplicable a todos hasta los que tienen la antigüedad de mas de 20 años, pero es solo una opinión porque la verdad solo se dice lo que comentan y no me he puesto a analizar la realidad por lo pronto subo un vídeo para ver que opinan los demás

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